¿Sabías que el contrato de venta del auto debe mostrar el plazo de garantía?

agosto 20, 2020 12:00 pm

Son muchos los vendedores de autos, motos y/o camiones seminuevos, tanto distribuidores como particulares que nos han hecho llegar dudas respecto a la redacción de los contratos de compraventa. Gran parte de estas dudas tratan sobre si incluir o no el plazo de garantía en el contrato a pesar de que la garantía de fabricante sigue en vigor.

La respuesta es sencilla: Es necesario que todo vendedor de autos, motos y/o camiones especifique en el contrato de venta el plazo de garantía mecánica. Esta obligación no depende en ninguna forma de la garantía de fábrica. La garantía del fabricante y la del vendedor son independientes y nunca se sustituyen entre sí.

A lo largo del «¿Sabías que…?» de esta semana profundizaremos más en la obligación del vendedor de automóviles seminuevos a mostrar en el contrato de venta el plazo de garantía.

El plazo de garantía extendida mecánica en la venta de un vehículo seminuevo

El distribuidor de la compraventa de autos seminuevos debe siempre determinar la duración de la garantía mecánica de los vehículos que comercializa. La ley que regula las garantías, en la actualidad establece una duración de 90 días para la garantía. En el caso de que no este hecho y no se detalle en el contrato, el vendedor estaría obligado a dar 90 días de garantía mecánica.

Si después de leer este artículo sigues teniendo dudas sobre cómo incluir la garantía mecánica en los contratos de compraventa de vehículos seminuevos, usa el siguiente formulario de contacto para hacernos llegar tu pregunta. El equipo de expertos de GarantiPLUS trabaja no solamente para traerte los mejores servicios de garantía mecánica, sino para asesorarte y ayudarte en todo lo posible.

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